Tratamiento de los instrumentos de deuda indexada Las pautas del SCN 1993 sobre las transacciones relacionadas con los instrumentos de deuda indexada no son exactas. Cuando el principal está indexado, el valor de rescate no se conoce hasta el vencimiento; en consecuencia, no se conocen los flujos de intereses antes del vencimiento. ¿Qué montos deben registrarse para los intereses y el reembolso del principal en el periodo anterior el vencimiento? Asimismo, para algunos instrumentos, la indexación puede dar lugar a ganancias por valuación. ¿Cómo deben registrarse estas ganancias? Deuda indexada a moneda extranjera
En el caso de los instrumentos de deuda en que tanto el principal como los cupones están indexados a una moneda extranjera, la moneda de cuenta es importante para poder distinguir las transacciones de las ganancias y pérdidas por tenencia. Estas pueden ser muy diferentes cuando se determinan utilizando la moneda de liquidación ¿Debe concluirse, por lo tanto, que la deuda indexada debe recibir el mismo tratamiento que la deuda en moneda extranjera, es decir, como si fuese denominada en moneda extranjera? |